CONCEPTO

Es un contrato legal por medio del cual una persona (Otorgante o fideicomitente) da a otra persona (Fiduciario) el permiso de poseer el título de propiedad a favor de un tercero (fideicomisario) de aportes realizados al fondo de Fideicomiso.

Los activos de un fideicomiso pueden ser de diferente naturaleza, dinero, bienes muebles e inmuebles, inversiones en valores, entre otros.

COMO FUNCIONAN

Se componen de tres elementos principales:

a. Fideicomitente – Otorgante. Es quien establece el Fideicomiso y determina los activos y los beneficiarios. (Meyerling Carolina Ascanio Piñero y Carlos Rafael Guerrero León)

b. Fideicomisario. Es el beneficiario final de las resultas de la gestión de los aportes fideicometidos o la liquidación a tiempo determinado del Contrato de Fideicomiso. (Isabella Guerrero Ascanio)

c. Fiduciario. Es quien administra el dinero o los bienes de otras personas. Estos están obligados a administrar el dinero y los bienes de la persona para el beneficio de esa persona y no para suyo propio. (Banco Designado)

PARA QUE SIRVEN

El principal objetivo de un Fideicomiso es garantizar, bajo un marco jurídico, que los activos estipulados y sus rendimientos sean transferidos al fideicomisario que se elija en un tiempo determinado según el Contrato de Fideicomiso.

VENTAJAS

  • Se reduce el riesgo de pérdida de patrimonio.
  • Es un instrumento versátil que posibilita que el Fiduciario administre los recursos y los invierta de acuerdo con las necesidades del Fideicomitente.
  • Representa un instrumento de planificación financiera.
  • Permite determinar los fines a los que se debe destinar el patrimonio.
  • Los fondos aportados por el Fideicomitente los recibe el fiduciario y se administran de forma independiente destinándose exclusivamente a la finalidad establecida en el Contrato de Fideicomiso.
  • Los bienes administrados por el Fiduciario escapan al derecho de persecución de los acreedores de las partes involucradas en el Contrato de Fideicomiso por obligaciones contraídas por estos con posterioridad a la constitución del Fideicomiso.
  • El Fiduciario realiza los pagos señalados por el Fideicomitente u otorgante directamente al beneficiario según el Contrato de Fideicomiso.
  • Los fondos transferidos al patrimonio fideicometido conforman un patrimonio autónomo e independiente de todos los involucrados en el Contrato de Fideicomiso.

DESVENTAJAS

  • Es un proceso que conlleva inversión de tiempo y dinero.
  • El documento se basa en la buena fe, por lo que se debe incluir todas las obligaciones y los derechos de las partes involucradas.

Estas desventajas se pueden evitar si se instrumenta un contrato totalmente transparente y bien especifico. La asesoría profesional es indispensable.

CARACTERÍSTICAS

  • Es bilateral. Genera obligaciones para las partes involucradas.
  • Es consensual. Tanto el Fideicomitente, como el Fiduciario tienen que consentir que el Fideicomiso se lleve a cabo y se concrete en los mejores términos.
  • De ejecución sucesiva. No se realiza en un único momento, sino que se cumple y se desarrolla conforme el paso del tiempo

POR SU CONDICIÓN - CLASIFICACIÓN

Revocable. Pueden ser creados por un Fideicomitente u otorgante para su propio beneficio durante la vida de este. Puede redactarse de forma que pueda disolverse por completo, los términos pueden modificarse y los activos pueden ser retirados por el Fideicomitente sin restricciones.

Los términos del Contrato de Fideicomiso indicaran al Fideicomisario lo que puede o debe hacer con los bienes entregados al Fideicomiso.

Entre otras cosas, los términos de un Fideicomiso revocable especificaran:

  • Que el fideicomitente u otorgante puede enmendarlo o revocarlo completamente.
  • Que fideicomitente u otorgante puede incorporar bienes adicionales al Fideicomiso y solicitar distribuciones del mismo.
  • Una lista de facultades administrativas que permitan al Fideicomisario gestionar los activos del Fideicomiso; por ejemplo, comprar o vender títulos y activos.
  • Lo que el Fideicomisario debe hacer con la propiedad cuando el Fideicomitente u otorgante muere.

Irrevocable. No acepta cambios. Una vez que se establecen los activos y se nombra al Fideicomisario o beneficiario, esto es permanente.

Los Fideicomisos irrevocables se crean a menudo para controlar la propiedad de los activos y el uso de los ingresos de esos activos. También pueden crearse en virtud de un testamento, en cuyo caso se denomina fideicomiso testamentario.

Existen muchos tipos de Fideicomisos irrevocables, cada uno con sus propios términos y propósitos. Unos para fines de supervisión, y otros para fines de control de administración más estricto.

TIPOS DE FIDEICOMISOS – POR SU NATURALEZA

Existen muchos tipos de fideicomisos, entre otros: Bancarios, Inmobiliarios, Agropecuarios, Públicos, etc.

Solo haremos mención a los indicados a continuación, pues son estos los que reúnen las características necesarias aplicables al caso que nos ocupa:

Fideicomisos de inversión. El Fiduciario recibe fondos económicos, bienes o activos para que los invierta según las condiciones mencionadas en el Contrato de Fideicomiso. Todo en beneficio del Fideicomisario.

Fideicomiso financiero. Este se lleva a cabo entre una persona jurídica o persona natural y el Fiduciario. Sirve para establecer y formalizar que el Fiduciario tendrá el poder sobre los bienes específicos o activos hasta que estos finalmente sean transferidos al beneficiario del Contrato de Fideicomiso.

A través de este tipo de Fideicomiso se pueden obtener recursos para distintos fines por medio de los activos que conforman el fondo.

Fideicomiso de administración y pagos. Tiene por finalidad la administración de sumas de dinero, de otros bienes líquidos o liquidables para destinarlos al pago de obligaciones que indique el Fideicomitente u otorgante.

CONTRATO DE FIDEICOMISO

Estos deben contener, cuando mínimo lo siguiente:

  • Individualización de los bienes estipulados.
  • El modo en que otros bienes pueden incorporase al Fideicomiso.
  • El plazo al que está sujeta la propiedad fiduciaria.
  • Clara identificación del beneficiario o beneficiarios.
  • El destino de los bienes al termino del Fideicomiso.
  • Las obligaciones y derechos del Fiduciario y el modo de sustitución en caso de fallecimiento.

Un Fideicomiso se puede extinguir cuando se cumpla el plazo o la condición estipulada.

  • Por disolución explicita en caso que el Fideicomiso sea revocable.
  • Cualquier condición especifica establecida en el Contrato.

En caso de extinción, el Fiduciario está obligado a entregar los bienes al Fideicomitente, a los sucesores y formalizar documentariamente este hecho.

CONTROL Y SUPERVISIÓN

Las actividades de los Fideicomisos están regidas por la LEY DE FIDEICOMISOS la cual consta de 31 artículos. En estos artículos se establece toda normativa para el funcionamiento, administración y control sobre los Fideicomisos en Venezuela.

Por otra parte, la SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO DE VENEZUELA (SUDEBAN), a través de normas prudenciales ejerce la supervisión permanente sobre los Fideicomisos constituidos en el sector.